viernes, 16 de agosto de 2013

Vacaciones, derecho del trabajador

Las vacaciones representan un derecho irrenunciable del trabajador, así lo señala la Ley General del Trabajo, incluso, sin disminución de la remuneración mensual, ni la suspensión de la antigüedad en el empleo. Es indispensable que los trabajadores gocen de este descanso, que además representa un beneficio en materia de productividad para las empresas. 

¿Quién decide las vacaciones?
“La ley establece que el empleador deberá colocar al principio de año un rol de vacaciones, que esté de acuerdo  a la fecha de ingreso del  trabajador“, informó Aníbal Melgar, director del Ministerio del Trabajo en Santa Cruz, a tiempo de indicar que así el empleado puede sugerir el periodo que requiera de vacaciones.

La ley. Prohíbe el pago en efectivo de la vacación “porque lo que prevé la normativa es que el trabajador descanse y vuelva con mayor entusiasmo”, remarcó Melgar. En caso de que no sean otorgadas las vacaciones, "el Ministerio de Trabajo puede instruir que las mismas sean otorgadas", añadió el ejecutivo.

Sanción. La empresa que no otorgue las vacaciones solicitadas a su empleado, se convierte en un ente infractor, sujeto a sanción por incumplir lo que dice la normativa, con el rol de vacaciones. ”Para los empleadores que infrinjan las normas la multa será de Bs 1.000 a Bs 10.000”, destacó Melgar. Asimismo el laboralista Hugo Sabac, remarcó que cuando el trabajador hubiera renunciado o sido retirado de sus funciones y hasta ese momento al trabajador le deben dos vacaciones, como él ya está desvinculado de la empresa, se le debe pagar las vacaciones, "esto sería en  función a su escala de antigüedad", aclaró el jurista. Pero si el trabajador está en la empresa y no le pueden pagar, "las entidades deben conceder la vacación tomando en cuenta la fecha de ingreso del trabajador; por ejemplo, si un trabajador entró un primero de junio del año 2012, el 2 de julio del año 2013 ya puede hacer uso de su vacación.

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